esta Corte de Apelaciones, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, de conformidad con el artículo 6, numeral 1, de la Ley Orgánica de Amparo Sobre Derechos y Garantías Constitucionales, DECLARA INADMISIBLE el amparo constitucional intentado por el penado HARRISON ISAAC BASTIDAS, contra omisiones cometidas por el Juzgado de Primera Instancia en lo Penal en funciones de Ejecución N° 2, a cargo de la Juez María Eugenia Ávila, en el asunto UP01-P-2004-000513.