-VI-
-DISPOSITIVA-
Por todas las consideraciones antes expuestas; este Juzgado Superior Agrario de la Circunscripción Judicial del estado Yaracuy, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: COMPETENTE para conocer del RECURSO DE HECHO presentado en fecha, once (11) de noviembre del año en curso, suscrito por el ciudadano MARCOS TULIO BELIZARIO, venezolano, mayor de edad, identificado con las cédula de identidad número V-7.503.115, debidamente asistido por el Abogado en ejercicio BILLY ANDY BELIZARIO RIVERO, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el número 267.119; contra el auto dictado en fecha, primero (1º) de noviembre del año dos mil veinticuatro (2024), emitido por el Juzgado Primero de Primera Instancia Agrario de esta misma Circunscripción Judicial, mediante el cual negó la apelación formulada por el referido abogado. Así se decide.
SEGUNDO: SIN LUGAR el RECURSO DE HECHO p.....