Por las razones anteriormente explanadas y en virtud de que en la presente causa NO SE PRESENTARON TERCEROS AFECTADOS en la oportunidad concedida en el mismo, este Tribunal Tercero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios San Felipe, Independencia y Cocorote de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, PRIMERO: CON LUGAR LA SOLICITUD DE DIVORCIO presentada por el ciudadano JOHAN ENRIQUE ESPINOZA MEDINA contra MAYRIM DESSIRE FERNÁNDEZ COLMENÁREZ, anteriormente identificados; en consecuencia, se DECLARA LA DISOLUCIÓN DEL VINCULO MATRIMONIAL CONTRAIDO ENTRE ELLOS el día el día 27 de septiembre de 2011, por ante el Registro Civil y Electoral del Municipio Independencia del estado Yaracuy, según comprobación que se hizo con la copia certificada del Acta de Matrimonio signada con el Nº 106, folio 106, de los Libros de Actas de Matrimonios Civiles llevados por ese d.....