PRIMERO: EL DESISTIMIENTO de la acción de los demandantes ciudadanos YULIETH ADALEJO; JESUS MEDINA PIÑA; ANA ALVAREZ ROJAS; NAYERKY CAMACARO DURAN; SUGEY ALVARADO VASQUEZ y BRIZEIDA DEL CARMEN CORTEZ, Nº- V-17.612.196; V-15.445.119; V-17.813.020; V-13.268.368; V-16.641.965; V-13.855.958, CONTRA el INSTITUTO DE VIALIDAD Y TRASPORTE DEL ESTADO YARACUY (INVITY), ambas partes plenamente identificadas en autos, todo de conformidad con lo dispuesto en el artículo 151 primer aparte de La Ley Orgánica Procesal del Trabajo SEGUNDO: El Tribunal se reserva el lapso establecido en el artículo 159 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo para la publicación del texto íntegro de la sentencia. TERCERO: Se deja constancia que la audiencia fue reproducida en forma audiovisual. CUARTO: Se ordena a la secretaria que una vez confrontado el original y copia fotostática del instrumento poder, consignado por la representación de la parte demandada supra identificada, sea certificado y agregado en autos .....