esta Corte Superior de la Sección Penal de Adolescente, del Circuito Judicial Penal del estado Yaracuy, en nombre de la República y por autoridad de la ley, CONFIRMA la decisión dictada en fecha 28 de Mayo de 2011, por el Tribunal de Control N° 1, de la Sección Penal del Adolescente de este Circuito Judicial Penal, la cual corre inserta a los folios 11 al 15 inclusive del presente expediente objeto de esta consulta y declara CON LUGAR el Mandamiento de Habeas Corpus, interpuesto por el profesional del Derecho DAVID GARCIA, en su condición de Defensor Publico Tercero de la Sección de Responsabilidad Penal del Adolescente, a favor del adolescente cuya Identidad se omite, por disposición del artículo 65 de la Ley Orgánica para la protección de Niños, Niñas y Adolescentes.