En consecuencia este Tribunal PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE MEDIACION Y SUSTANCIACION DEL REGIMEN PROCESAL TRANSITORIO DEL CIRCUITO JUDICIAL DE PROTECCION DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO YARACUY ACUERDA de conformidad con el artículo 131 eiusdem, sustituir la medida de Colocación Familiar Provisional, dictada por el tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Area Metropolitana de Caracas de las niñas IDENTIDAD OMITIDA SEGÚN ARTÍCULO 65 DE LA LEY ORGÁNICA PARA LA PROTECCIÓN DE NIÑAS, NIÑOS Y ADOLESCENTES, de 8 y 7 años de edad, bajo el cuidado de su abuela materna ciudadana HILDA LUCIA BARRIOS DE MUJICA, por una medida de Colocación en Entidad de Atención Provisional la cual se encuentran cumpliéndola en la casa taller Dr. Ricardo Hernández Ortiz de esta ciudad, hasta tanto se decida la presente causa; en consecuencia, deberán permanecer las niñas en la referida institución, quien ejercerá su custodia......