DECISION
Este Tribunal de Control Nro. 03 en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley decide de la siguiente manera: PRIMERO: califica la detención en flagrancia de DEIVIS ALEXANDER REA, venezolano, cedula de identidad n° 21.048.599, natural de chivacoa, estado Yaracuy, de 18 años de edad, nacido en fecha 10-11-1991, residenciado en sabana larga calle Andres Bello, con calle comercio, casa N° 187, cerca de la cancha, Chivacoa, estado Yaracuy, por las circunstancias de modo tiempo y lugar de la aprehensión ocurrida el día 25 de septiembre del 2010, siendo las 03:00 pm, . Funcionarios adscritos al CICPC sub delegación Chivacoa, de comisión en el sector sabana larga del municipio Bruzual, Por lo que en virtud de estos hechos el ministerio publico les atribuye la comisión del delito de APROVECHAMIENTO DE COSAS PROVENIENTES DEL DELITO previsto y sancionado en el articulo 470 del CPV, por cuanto a criterio de este tribunal e.....