Por todas las consideraciones antes expuestas; este Juzgado Superior Agrario de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, decide: PRIMERO: Se declara SIN LUGAR el recurso de apelación ejercido por la representación judicial del ciudadano JORGE LINO RODRÍGUEZ DE SOUSA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad número V-3.473.067 en fecha veintitrés (23) de septiembre de (2010). SEGUNDO: Como consecuencia de lo anterior, en los términos de esta Alzada se confirma la decisión emitida por el Juzgado Segundo de Primera Instancia Agraria de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy en fecha veinte (20) de septiembre de (2010). TERCERO: La presente decisión de dicta dentro del término legal establecido en el artículo 229 de la Ley de Tierras y Desarrollo Agrario. CUARTO: Publíquese la presente decisión en el portal web del Tribunal Supremo de Justicia".