PRIMERO: CON LUGAR la demanda por cobro de beneficios laborales, incoada por el ciudadano Félix Ramón Ríos Bruno, en contra de la empresa Aguas de Yaracuy, C.A., representada por su presidenta Yalitza González Figueredo, identificados ut supra.
SEGUNDO: Se condena a la empresa Aguas de Yaracuy, C.A., cancelar a las actoras la cantidad de 500,00 Bs., por concepto de bono especial único por la celebración de la contratación colectiva. Igualmente, la parte demandada deberá pagar a las accionantes el concepto cesta ticket, cuyo monto será determinado mediante experticia complementaria del fallo que a tales efectos se ordena practicar de conformidad con lo previsto en la última parte del artículo 159 de la LOPT, siguiendo los límites fijados en la parte motiva del presente fallo.