ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY emite los siguientes pronunciamientos:
PRIMERO: Admite totalmente la acusación presentada por la Fiscalía Novena del Ministerio Público, en contra del adolescente: Inyemar Rafael García, venezolano , de 15 años de edad, soltero, de profesión u oficio obrero, nacido en fecha 13/11/89, titular de la Cedula de Identidad N° 19.817.277, residenciado en la avenida Principal sector 01, vereda 06 casa N° 04, frente al preescolar Urbanización Luis Herrar Campins del Municipio Cocorote por la presunta comisión del delito de Lesiones Graves , previsto y sancionado en el Art. 415 del Código Penal Venezolano, toda vez que este Tribunal ha constatado la existencia de elementos probatorios, que indican que el acusado es el presunto autor del delito de la acción punible de Lesiones Graves previsto en el artículo 415 del Código Penal, cuya acción típica , se circunscribe en aquellas lesiones qu.....