PRIMERO: CON LUGAR recurso de apelación de fecha 14 de agosto de 2024 (Folio 36), que fuera planteado por el co apoderado actor abogado LUIS DOMINGUEZ, Inpreabogado Nº 20.918, contra la sentencia de fecha 12 de agosto de 2024, dictada por el Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, en el juicio de COBRO DE BOLÍVARES POR INTIMACIÓN interpuesto por la FIRMA MERCANTIL INVERSIONES YARA INC, C.A. contra la FIRMA MERCANTIL C.A. DESTILERIA YARACUY.
SEGUNDO: SE REVOCA la sentencia interlocutoria recurrida proferida por el Juzgado A Quo en fecha 12 de agosto de 2024.
TERCERO: SE DECRETA MEDIDA CAUTELAR DE EMBARGO hasta cubrir el doble del valor de la demanda, esto es la cantidad de DOS MILLONES NOVECIENTOS VEINTIDOS MIL SETECIENTOS CINCUENTA Y DOS BOLIVARES SIN CENTIMOS (Bs. 2.922.752,00), y si dicho embargo versare sobre sumas líquidas de dinero, el mismo se practicará en forma sencilla esto es la cantidad de U.....