DISPOSITIVA
Con fundamento a lo antes expuesto, este Juzgado del Municipio Nirgua de la Circunscripción Judicial del estado Yaracuy, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la presente acción y
como consecuencia de ello se establece al ciudadano: JESÚS GÓMEZ, venezolano, mayor de edad, divorciado, titular de la cédula de identidad N° V- 6.702.094 y de este domicilio la obligación de:
Primero: Cumplir con el pago de una obligación de manutención mensual a favor de su hija la adolescente: MARIELY ANDREINA GÓMEZ NAVAS, de este domicilio, de QUINIENTOS BOLIVARES (Bs. 500,00) mensuales.
Segundo: adicionalmente a lo fijado como obligación de manutención deberá pagar una cuota extra mensual de QUINIENTOS BOLIVARES (Bs. 500,00) para pago de merienda y transporte universitario de la adolescente referida.
Tercero: adicionalmente a lo fijado como obligación de manutención deberá aportar entre los días 15 y 30 de noviembre, la cantida.....