DECLARA:
PRIMERO: De conformidad con lo establecido en el artículo 206 del Código de Procedimiento Civil en concordancia con el artículo 211 eiusdem, declara la NULIDAD del acto de designación de experto realizada el 24 de marzo de 2017, que corre agregada al folios 139 del expediente; dejándose con efecto la designación de los ciudadanos NEIDY PINEDA MENDOZA, OSBART SEGURA ROMERO y ABIMELET PINTO CORONA, como partidores en la presente causa así como las boletas de notificación libradas.
SEGUNDO: En estricta aplicación del artículo 778 del Código de Procedimiento Civil, quedan emplazadas las partes para el tercer (3°) día de Despacho siguiente a que conste en autos la última notificacion de las partes, a las diez de la mañana (10:00.am), para que tenga lugar el acto de designación del partidor en la presente causa. Líbrense boletas de notificación.
TERCERO: No hay condenatoria en costas.