Por todos los razonamientos anteriormente expuestos, este JUZGADO SUPERIOR SEXTO EN LO CIVIL, MERCANTIL, TRÁNSITO Y BANCARIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, de conformidad con lo establecido en los artículos 12, 243 y 244 del Código de Procedimiento Civil; 26, 49 y 257 contenidos en la Carta Magna, declara:
Primero: CON LUGAR LA INHIBICIÓN planteada por la DRA. MARITZA JOSEFINA BETANCOURT, en su condición de JUEZ DEL JUZGADO UNDÉCIMO (11º) DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, TRANSITO Y BANCARIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS, en el curso de la acción de AMPARO CONSTITUCIONAL, intentada por la ciudadana SUHEILA YOLLIFFE RIVAS ARELLANO, contra la JUNTA DE CONDOMINIO DEL EDIFICIO RESIDENCIAS TORRECOLINA, representada por los ciudadanos FAUSTO SANTOS y DANIEL DE SANTIS.
Segundo: En acatamiento a la sentencia con .....