Por las razones anteriormente explanadas, este Tribunal de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Bolívar, Manuel Monge y Veroes de la Circunscripción Judicial del estado Yaracuy, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO:CON LUGAR LA SOLICITUD DE DIVORCIO incoada por el ciudadanoFELIX ROBERTO GARCIA CAMACHO, titular de la cédula de identidad N° V-4.831.234, en su apoderado judicial abogadoMIGUEL ALEJANDRO MEDINA CARDENAS,Inpreabogado. 170.170, contra su cónyuge la ciudadana YACQUELINE SILVANA FUENTEZ GARCIA, titular de la cédula de identidad N° V-8.197.942.
SEGUNDO: DECLARA LA DISOLUCIÓN DEL VÍNCULO MATRIMONIAL CONTRAIDO ENTRE ELLOS, por ante el prefecto del Distrito San Fernando de Apure estado Apure, hoy Registro Civil del Municipio San Fernando de Apure estado Apure, según acta de matrimonio Nº 09 de fecha 15 de enero del 1979.
TERCERO: Remítase bajo oficio copia certificada de la.....