esta Corte de Apelaciones, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, de conformidad con el numeral 4 del artículo 86 del Código Orgánico Procesal Penal, DECLARA CON LUGAR la inhibición planteada por la Juez Superior Abogada GILDA ROSA ARVELÁEZ GÁMEZ, en el asunto UP01-O-2007-000010, Amparo Constitucional intentado por el abogado AMÍLCAR RAFAEL VILLAVICENCIO LÓPEZ, en su carácter de defensor de DOUGLAS ALBERTO MATOS PALOMARES Y ALDRIN ALEXIS ZAMBRANO COLMENÁREZ.