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Decisiones del dia 29/06/2017

Formato:  Ficha  Lista

Tribunal Segundo de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación del Nuevo Régimen
Paginas 1 [Total de sentencias: 2] Página 1 de 1
N° Expediente : UP11-H-2017-000502 N° Sentencia : Fecha: 29/06/2017
Procedimiento:
Homolog. Oblig. Alimentaria
Partes:
CARLOS JOSÉ TOVAR LLOVERA Y KEIDDY RAMIREZ GIMENEZ
Resumen:
El padre aportará la cantidad de TREINTA MIL BOLÍVARES (Bs. 30.000,00) mensuales, los cuales serán descontados de la nómina de pago, para ello se oficiará a la Dirección de Recursos Humanos de la Fundación Niño Jesús del Hospital Pediátrico, Municipio San Felipe del Estado Yaracuy. Con relación a los gastos de útiles y uniformes serán cubiertos por ambos padres en partes iguales, debiendo aportar como mínimo de la cantidad de CIEN MIL BOLIVARES (Bs. 100.000,00). En cuanto a los gastos decembrinos el padre aportará los estrenos de ropa y calzados del 24 de diciembre y la madre los del 31 de diciembre, debiendo el padre aportar un debiendo aportar como mínimo de la cantidad de CIEN MIL BOLIVARES (Bs. 100.000,00). Los demás gastos ocasionados de la manutención de la niña, serán cubiertos en un 50% por cada uno de los progenitores, previa presentación de facturas. De las actas que conforman el presente expediente se evidencia que las partes han llegado a un acuerdo con relación a .....
Juez/Ponente:
Belkis Morales de Rodriguez
Organo:
Tribunal Segundo de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación del Nuevo Régimen
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N° Expediente : UP11-H-2017-000498 N° Sentencia : Fecha: 29/06/2017
Procedimiento:
Homologación Obligación De Manutención
Partes:
ANGGY DEIBEE CARRASQUERO NAVAS Y SILVIO ALEXANDER CAMACHO PIÑA
Resumen:
El padre aportará la cantidad de CINCUENTA MIL BOLÍVARES (Bs. 50.000,00) MENSUALES, que serán depositados en la cuenta corriente del BANCO DE VENEZUELA, a nombre de la progenitora. En cuanto a los gastos escolares generados en el mes de septiembre, el padre aportará la cantidad mínima de CINCUENTA MIL BOLÍVARES (Bs. 50.000,00) y en el mes de diciembre, aportará la cantidad de CINCUENTA MIL BOLÍVARES (Bs. 50.000,00). Ambos padres le comprarán a sus hijas en diciembre un regalo. En cuanto a los gastos relativos a vestido, calzado, consultas médicas, medicinas, exámenes médicos, serán cubiertos por ambos padres en partes iguales, previa presentación de facturas." De las actas que conforman el presente expediente se evidencia que las partes han llegado a un acuerdo con relación a la OBLIGACIÓN DE MANUTENCIÓN a favor de las niñas IDENTIDAD OMITIDA DE CONFORMIDAD CON EL ARTÍCULO 65 DE LEY ORGANICA PARA LA PROTECCION DE NIÑO NIÑA Y ADOLESCENTE , nacidas en fechas 9 de mayo de 20.....
Juez/Ponente:
Belkis Morales de Rodriguez
Organo:
Tribunal Segundo de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación del Nuevo Régimen
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