En mérito a las anteriores consideraciones, este Tribunal Primero de Primera Instancia de Juicio de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del estado Yaracuy, Administrado Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley y por considerarlo procedente en beneficio e interés del niño de autos a que se les brinde protección, afecto y educación, declara:
PRIMERO: CON LUGAR la presente demanda de COLOCACIÓN FAMILIAR, incoada por la ciudadana EDITH JOSEFINA DELGADO TORRES, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº V-8.519.975, domiciliada en el Sector La Impresión, avenida 8 entre calles 6 y 7, casa número 28, Parroquia Nirgua, Municipio Nirgua, estado Yaracuy, representada judicialmente por la abogada María Esther Barrera Sequera, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº V-19.842.258, e inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado (I.P.S.A.) bajo el Nº 217.802.....