DECLARA:
PRIMERO: CON LUGAR LA DEMANDA DE RECTIFICACIÓN DE ACTA DE NACIMIENTO, incoada por el ciudadano COLINA QUIÑONEZ JAVE JOSÉ, venezolano, mayor de edad, no posee cédula de identidad y domiciliado en Higuerón, Triunfo seguro, calle principal, entre primera y segunda entrada, municipio San Felipe, estado Yaracuy, debidamente asistida por el abogado en ejercicio BARRIOS BLANCO JERSON JOSÉ, inscrito en el Inpreabogado con el N° 316.161, en su carácter de Defensor Público con competencia en materia Civil, Mercantil y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy.
SEGUNDO: SE ORDENA LA CORRECCIÓN DEL ACTA DE NACIMIENTO de la parte accionante de autos, ciudadano COLINA QUIÑONEZ JAVE JOSÉ, arriba identificado, donde se omitió en la referida acta de nacimiento las firmas de la parte accionante y la de los testigos presentados; en consecuencia, corríjase el acta de nacimiento expedida por el Registro Civil del municipio San Felipe del Estado Yaracuy, la cual se encuentra inse.....