PRIMERO: EL DESISTIMIENTO de la acción referida a la pretensión por COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES Y OTROS CONCEPTOS LABORALES incoada por los ciudadanos: DEINI EXIQUIO GIMENEZ BRICEÑO, YSABELINO RIVERO OROCHENA Y JOSE HILARIO RIVERO, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cedulas de identidad números 15.483.441, 11.274.550 y 3.257.728 respectivamente, contra el INSTITUTO AUTONOMO CONTRA LA POBREZA Y LA EXCLUSION SOCIAL DEL ESTADO YARACUY (IAPESEY), todo de conformidad con lo dispuesto en el artículo 151º primer aparte de La Ley Orgánica Procesal del Trabajo SEGUNDO: El Tribunal se reserva el lapso establecido en el artículo 159º de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo para la publicación del texto íntegro de la sentencia. TERCERO: No hay condenatoria en costa al demandante de conformidad con lo previsto en el artículo 64º de la Ley adjetiva laboral. Se deja constancia que la audiencia no fue reproducida en forma audiovisual.