DECISIÓN
En fuerza de los razonamientos de hecho y de derecho antes expuestos, este Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara LA PERENCION DE LA INSTANCIA, en la presente demanda relativa al procedimiento de SIMULACIÓN DE CONTRATO DE VENTA, que sigue el ciudadano RAFAEL ENRIQUE CRESPO BETANCOURT, contra los ciudadanos CARMEN YOLANDA CRESPO BETANCOURT E INVERSIONES Y CONSTRUCCIONES YARAFAL, C.A., inicialmente identificados. Se extingue el presente proceso.
De acuerdo con lo establecido en el artículo 283 del Código de Procedimiento Civil, la presente declaración de perención de la instancia no causa costas.
Se acuerda notificar a las partes intervinientes en el presente proceso, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 251 del Código de Procedimiento Civil.