Ahora bien, en el presente asunto de se trata de una demanda de ACCIÓN MERO DECLARATIVA DE UNIÓN ESTABLE DE HECHO, la cual se exige la comparecencia del actor, se evidencia que la demandante ciudadano JENIFFER LAMELIS GIL SALOM, venezolano, mayor de edad y titular de la cédula de identidad Nº 13.985.020, no compareció por si ni por medio de apoderado judicial a la fase de mediación, y tampoco justificó su ausencia, es decir que se han dado los supuestos exigidos por la ley para aplicar la sanción contemplada para el caso de la incomparecencia del demandante, es decir que se debe considerar desistido el procedimiento y declararse terminado el proceso, por lo que se extingue la instancia, y el demandante no podrá volver a presentar su demanda antes de que transcurra un mes, tal como lo establece nuestra legislación especial.
Por todo lo antes expuesto, esta Juzgadora considera desistido el presente asunto, por lo que este Tribunal Administrando Justicia, en nombre de la República.....