DISPOSITIVO
En razón a lo anteriormente expuesto este Juzgado Segundo de Primera Instancia Agrario de la Circunscripción del Estado Yaracuy, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por autoridad de la Ley, emite el siguiente pronunciamiento: PRIMERO: Se declara COMPETENTE, para conocer sobre la presente solicitud de Titulo Supletorio, realizada por la ciudadana MARÍA MAGDALENA RUÍZ OLIVEROS, titular de la cédula de identidad N° V- 7.908.974, domiciliada en el Caserío Panchito del Municipio Nirgua Estado Yaracuy, debidamente asistida en este acto por la abogada MARÍA GABRIELA CASTILLO, titular de la cédula de identidad N° V-14.956.002, inscrita en el inpreabogado bajo el N° 173.101. SEGUNDO: Se declara procedente la pretensión, en virtud de que, cumple con todos los requisitos exigidos por la Ley. TERCERO: En consecuencia, de lo esgrimido anteriormente se acuerda otorgar TITULO SUPLETORIO SUFICIENTE a la ciudadana identificada anteriormente, sobre.....