ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY DECLARA CON LUGAR, la demanda intentada por la ciudadana: ARELYS ARACELIS PEROZA CASTILLO , venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nro.13.774.358 asistido en este acto por el abogado Yusmerys Oviedo IPSA NRO.176.902, contra los ciudadanos: FIDEL RAMÓN PEROZA Y PETRA CELESTINA CASTILLO DE PEROZA , venezolanos, mayores de edad, titulares de la cedula de identidad Nro.3.571.703 y 3.913.615 respectivamente domiciliado en Yaritagua Municipio Peña Estado Yaracuy,, se DECLARA: RECONOCIDO el instrumento privado que riela al folio 02 del presente expediente, de acuerdo a lo establecido en el artículo 444 del Código de Procedimiento Civil, dejando a salvo los derechos de terceros. Publíquese. Regístrese y déjese copia certificada. Dado, sellado y firmado en la Sala de Despacho del Tribunal De Municipio Ordinario Y Ejecutor De Medidas del Municipio Peña de la Circ.....