REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE
TRIBUNAL PRIMERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE
MEDIDAS DEL MUNICIPIO NIRGUA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN
JUDICIAL DEL ESTADO YARACUY.-
Nirgua, treinta y uno (31) de marzo del año dos mil dieciséis.
205º y 157º
Vista el acta que riela al folio diecisiete (17) del presente expediente, donde se evidencia que los ciudadanos: EUNOR MAGDALIS RODRIGUEZ SANCHEZ Y OSCAR ARGENIS BAUTE, venezolanos, mayores de edad, titulares de la cédulas de identidad N° V-15.363.726 y V-16.874.591, en sus caracteres de demandada y demandante, respectivamente, de este domicilio, convinieron el monto por obligación de manutención a favor de su hijo y donde el padre del mismo expone: "Ofrezco aportar como manutención a favor de mi hijo beneficiario de esta causa, la cantidad de: UN MIL QUINIENTOS BOLIVARES (Bs.1.500,00) SEMANALES, a partir del Viernes 01 de abril de 2016, y el CINCUENTA POR CIENTO (50%) DEL VALOR DEL TRANSPORTE ESCOLAR S.....