PRIMERO: NIEGA LA ADMISIÓN del Recurso de Casación, ejercido por, el co-apoderado Judicial de la demandada ciudadana IRAIDA JOSEFINA GUTIERREZ, abogado GIANPIERO GALLARDO YEROVI, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nro. 103.055, en fecha 21 de marzo de 2017, en el juicio de RESOLUCIÓN DE CONTRATO DE OPCIÓN DE COMPRA-VENTA, interpuesto por la ciudadana XIOMARA DEL VALLE USECHE COLMENAREZ, contra la ciudadana IRAIDA JOSEFINA GUTIERREZ.
SEGUNDO: No hay condenatoria en costas dada la naturaleza del fallo.