DECLARA:
PRIMERO: NULA la sentencia dictada en fecha 25 de enero de 2019 por el Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios San Felipe, Independencia y Cocorote de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy; en consecuencia, queda REVOCADA la misma, por el vicio de incongruencia negativa, en atención a lo dispuesto en el artículo 244 del Código de Procedimiento Civil. SEGUNDO: SIN LUGAR el rechazo de la cuantía alegado por la parte demandada en el acto de contestación a la demanda.
TERCERO: SIN LUGAR la reconvención propuesta por la parte demandada, en cuanto al cumplimiento por parte del actor de su obligación de reparar los daños que tiene el local comercial arrendado, por estar obligado conforme con el artículo 11 del Decreto-Ley de Regulación de Arrendamiento Inmobiliario de uso Comercial y con los artículos 1.585, ordinal 2°, y 1.586 del Código Civil.
CUARTO: SIN LUGAR la demanda de DESALOJO DE INMUEBLE (LOCAL COMERCIAL) interpuesta por .....