DISPOSITIVA
En virtud, de lo razones antes expresadas y conforme a las normas contenidas en el Código Orgánico Procesal Penal, este Tribunal Mixto de Primera Instancia en funciones de Juicio Nº 2 del Circuito Judicial Penal del Estado Yaracuy de manera UNANIME "ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY" DECLARA CULPABLE al ciudadano CARLOS ALBERTO ARIAS GRATEROL, venezolano, soltero, obrero, de 40 años de edad, titular de la cédula de identidad Nº V- 8.517.148, residenciado en la calle 08, entre carreras 06 y 07, casa S/n, Sabana de Parra, Estado Yaracuy, por el delito de HOMICIDIO CALIFICADO EN GRADO DE FRUSTACION, previsto y sancionado en el articulo 408, ordinal 1° del Código Penal, en concordancia con el articulo 80 ultima parte, con el Agravante genérico contemplado en el articulo 217 de la Ley Orgánica para la proteccion del Niño y del Adolescente, en perjuicio de los niños MILAGROS GUADALUPE ARANGUREN RODRIGUEZ de cu.....