se ADMITE la demanda cuanto ha lugar en derecho, de conformidad con el artículo 124 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo. Se ordena emplazar mediante cartel de notificación, con entrega de compulsa, a los ciudadanos: ELISEO ALFAYA, RICHAR ALFAYA y JOSE LUIS ALFAYA, venezolanos, mayores de edad, en su condición de patrono demandado y solidariamente a la empresa EXPRESOS VENEZUELA S. R. L., en la persona de su representante legal, ciudadano: VITO LA VERDE (...) a fin de que comparezcan por ante el Juzgado Tercero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito del trabajo de ésta Circunscripción Judicial, asistido de abogado o representado por medio de apoderado Judicial, a las ONCE DE LA MAÑANA (11:00 AM.) del décimo (10º) día hábil siguiente, posterior a la constancia en autos de la última de las notificaciones, a los efectos de que tenga lugar la Audiencia Preliminar