DISPOSITIVA
Por los razonamientos ante expuestos, este Tribunal de Juicio Nº 1 en su categoría Unipersonal, ADMINISTRADO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY. Declara: Primero RESPONSABLE PENALMENTE, a IDENTIDAD OMITIDA plenamente identificado, de la comisión del delito de Homicidio calificado, previsto en el articulo 406 del Código Penal, en perjuicio del ciudadano Andy José Yovera Pereira, tomando en cuenta el articulo 622, en sus literales a, b, c, d, e, de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente- Segundo: En aplicación al principio primordial de la ley especial como es el educativo, SE SANCIONA al acusado a cumplir: Privación de Libertad, por el lapso de 3 años, que serán cumplido en el sitio de reclusión que determine el Tribunal de Ejecución de la Sección de Adolescentes, debido a que el Joven adulto se encuentra retenido en el Internado Judicial de San Felipe del Estado Yaracuy, a la orden del Tribu.....