Decisión
En mérito de las anteriores consideraciones, este Tribunal Tercero de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación, del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del estado Yaracuy, de conformidad con el artículo 517 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, Administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la presente solicitud, y en tal virtud, se acredita como ÚNICOS Y UNIVERSALES HERDEROS del de cujus ciudadano JOSE ANASTACIO MONTEZUMA MENDOZA, quien era venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad 19.615.220, quien falleció el 22 de Febrero de 2016, a la ciudadana FRANCIS EVELIN HERNANDEZ PINEDA, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº 19.974.097, por ser su concubina y a sus hijas las niñas IDENTIDAD OMITIDA, también hija del fallec.....