DISPOSITIVA
Con base al razonamiento establecido y en mérito a lo expuesto, en forma Unánime el Tribunal Mixto No 3, acogiéndonos a los principios de valoración de la prueba establecidos en el artículo 22 de la norma adjetiva penal, ADMINISTRANDO JUSTICIA, EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA y POR AUTORIDAD DE LA LEY ABSUELVE JESUS ANTONIO HERNANDEZ HEREDIA, indocumentado, de 21 años de edad para el momento de los hechos, soltero, sin oficio indefinido, residenciado en la Urbanización Luis Herrera Campins frente al preescolar, por el Delito de HURTO CALIFICADO, previsto en el articulo 455, ordinal 4° del código penal vigente para la época, en perjuicio del MULTIHOGAR "MIS CHIQUITINES 1", en consecuencia procédase a librar la correspondiente Boleta de Libertad inmediata. Publíquese y Regístrese.
La Juez de Juicio No. 3
Abog. Jholeesky del Valle Villegas Espina
LOS JUECES ESCABINOS
DULIMAR SANDOVAL Y DOUGLAS RAFAEL ALVAREZ
LA SECRETARIA
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