Administrando Justicia en Nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley Decreta:
PRIMERO: Se Califica la detención en flagrancia, POR ESTAR LLENOS LOS EXTREMOS DEL ARTICULO 557 del la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, en concordancia con el artículo 248 del Código Orgánico Procesal Penal, tal como consta en:
1. El acta policial de fecha 09/11/07 suscrita por los funcionarios Distinguido Luis Bazan y Agente William Suárez donde dejan constancia de las circunstancias de tiempo, modo y lugar de cómo sucedieron los hechos donde se destaca: destaca que en fecha 09 de de noviembre funcionarios adscritos al Instituto autónomo de la policía del estado Yaracuy; siendo aproximadamente 7.35 de la noche, al final de la calle 25 sector el cementerio , observan a un sujeto , que al notar la presencia policial emprendió veloz carrera, logrando interceptarlo a pocos metros del lugar indicado, procediendo a realizarle la inspección de persona .....