este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, del Tránsito y Agrario de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, conforme lo previsto en el Artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, declara las presentes actuaciones TITULO SUPLETORIO sobre unas bienhechurías construidas en un lote de terreno Municipal, ubicado en el sector Sabana de Tiquire vía al esparramadero de cambural, parroquia san Andrés de Yaritagua, Municipio Peña, estado Yaracuy, que mide aproximadamente Doce Mil Metros Cuadrados con Seis Centímetros (12.006 Mts.2), consistentes de una casa construida de paredes de bloque, piso de cemento liso, techo de acerolit, puertas y ventanas de hierro, un pozo séptico, tanque de agua de 6.000 litros, portón de hierro y árboles frutales, cercadas completamente de alambre de púas y estantillos de madera, alinderada de la siguiente manera: Norte; Casa y terreno de Leon.....