este Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la Solicitud de Divorcio fundamentado en el artículo 185-A del Código Civil, presentada por los ciudadanos INMA MARIELA SALCEDO DE MENDOZA Y CESAR JOSE MENDOZA GUEVARA Venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédula de identidad N° 8.518.927 y 6.294.520 respectivamente, residenciado en la Urb. Las Acequias Bloque 12, Apartamento 00-04, Municipio Cocorote, estado Yaracuy y en la Urb. Las Acequias Bloque 12 Apartamento 3-04, Municipio cocorote estado Yaracuy, debidamente asistidos por la abogado JOSE ANGEL CAMPO AGATON, inscrito en el INPREABOGADO bajo el Nº 130.258, En consecuencia, con respecto a los adolescente de autos, este Tribunal establece: PRIMERO: La Patria Potestad y la Responsabilidad d.....