D I S P O S I T I V A
Por todos los razonamientos de hecho y de derecho anteriormente expuestos, este Tribunal Segundo de Primera Instancia en lo Penal en funciones de Ejecución, Administrando Justicia en Nombre de la República y por Autoridad de la Ley, y en uso de la facultad conferida por el numeral 1º del artículo 479 del Código Orgánico Procesal Penal, PRIMERO: otorga al penado Hernández Carlos José, portador de la Cédula de Identidad N° V- 17.320.798, nacido en San Felipe Edo Yaracuy en fecha 25/12/1975, de 32 años de edad, soltero, obrero, residenciado en el Barrio "Manuelita Saez", Calle El Lobo, S/N, Sector 6, Parroquia Tocuyito, Municipio Libertador, Estado Carabobo, el beneficio de SUSPENSIÓN CONDICIONAL DE LA EJECUCIÓN DE LA PENA, por un lapso de tiempo igual de lo que le resta de pena, es decir, un (1) año, nueve (9) meses y veinte (20) días, los cuales se cumplirán en fecha 29 de Agosto del año 2.009 (29-08-2.009), imponiéndole conforme al artículo 494 del Código Org.....