Inadmisible la apelación interpuesta por el abogado Ramón Rodríguez Cortez, en su carácter de apoderado judicial del ciudadano Juan Carlos Piderit Martínez accionista y director principal de la empresa Metalven, C.A., parte demandada, contra el auto dictado por el Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, del Tránsito y Agrario de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, en fecha 20 de diciembre de 2004 en el que se decretó medida de embargo preventivo sobre los derechos y acciones que posee el demandado sobre un lote de un mil trescientas cincuenta (1.350) acciones de la empresa Metalven, C.A., ordenando oficiar lo conducente al Registro Mercantil del Estado Yaracuy, en el juicio que por rendición de cuentas le sigue el ciudadano Jaime Domínguez Verasteguí. Queda confirmado el auto apelado. No hay condenatoria en costas dada la naturaleza de la decisión.