Establecido lo anterior, este Tribunal Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley:
DECLARA
PRIMERO: INADMISIBLE la demanda de ACCIÓN MERO DECLARATIVA DE PROPIEDAD interpuesta por la Asociación Civil de Vivienda "San José de Guama", a través de su apoderado judicial abogado HUMBERTO BRITO, por no llenar los presupuestos procesales contenidos en el artículo 16 del Código de Procedimiento Civil.
SEGUNDO: NO HAY CONDENATORIA EN COSTAS dada la naturaleza del fallo.
PUBLIQUESE, REGISTRESE Y DEJESE COPIA CERTIFICADA
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho de este Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy. En San Felipe a los 16 días del mes de septiembre de 2015. Años: 205° y 156°.
La Jueza Temporal,
Abog. INES M......