D I S P O S I T I V A
Por todos los razonamientos de hecho y de derecho anteriormente expuestos, este Tribunal Segundo de Primera Instancia en lo Penal en funciones de Ejecución, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, y en uso de la facultad conferida por el numeral 1º del artículo 479 del Código Orgánico Procesal Penal, OTORGA a) Romero Martínez Arcenis Mauricio, portador de la Cedula de Identidad Nº V- 12.285.666, venezolano, de treinta y tres (33) años de edad, nacido el 9-9-1973, natural de San Felipe Estado Yaracuy soltero, obrero, residenciado en el Palo Quemao, Calle Principal, N° 11286, Municipio Veroes Estado Yaracuy, y b) Castillo Romero Ramón Antonio, portador de la Cédula de Identidad N° V- 8.517.404, natural de San Felipe Edo Yaracuy, nacido el 11/09/70, de treinta y seis (36) años, soltero, obrero agropecuario, residenciado en la 1era transversal, Palo Quemao, sin número, bodega Ivonne Parra, Municipio Ver.....