Con fundamento en las precedentes consideraciones este Juzgado Primero de Municipio de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por la autoridad que le confiere la Ley, declara PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda que por RESOLUCIÓN DE CONTRATO DE ARRENDAMIENTO, interpuso el ciudadano JHONNY EDUARDO BOLÍVAR CALDERÓN contra la ciudadana WENDY YELITZA MACHADO RUEDA, antes identificados. En consecuencia se declara resuelto el contrato de arrendamiento celebrado entre las partes, vigente desde el 12 de septiembre de 2003 y se condena a la parte demandada a:
PRIMERO: Entregar a la parte actora el siguiente bien inmueble: Casa No. 50, ubicada en la tercera calle del Barrio Santa Ana, Sector Carapita, Parroquia Antemano, Caracas, Distrito Capital, libre de bienes y personas y en las mismas buenas condiciones en que la recibió, solvente en el pago de los servicios de luz eléctrica, aseo urbano, gas.....