DISPOSITIVO
En razón a lo anteriormente expuesto este Juzgado Segundo de Primera Instancia Agrario de la Circunscripción del Estado Yaracuy, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por autoridad de la Ley, emite el siguiente pronunciamiento: PRIMERO: Se declara COMPETENTE, para conocer sobre la presente solicitud de Titulo Supletorio, realizada por la ciudadana KATIUSKA CAROLINA LÓPEZ JUAREZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-17.611.264, domiciliada en Sabana Larga Municipio Bruzual del Estado Yaracuy, asistida debidamente en este acto por el Abogado en ejercicio JUBENAL ROJAS CASTILLO, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el N° 67.937. SEGUNDO: Se declara procedente la pretensión, en virtud de que, cumple con todos los requisitos exigidos por la Ley. TERCERO: En consecuencia, de lo esgrimido anteriormente se acuerda otorgar TITULO SUPLETORIO SUFICIENTE a la ciudadana identificada anteriorm.....