Por todos los fundamentos expuestos, este Tribunal Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los municipios San Felipe, Independencia y Cocorote de la Circunscripción Judicial del estado Yaracuy, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley,
DECLARA:
PRIMERO: CON LUGAR la SOLICITUD DE DIVORCIO 185-A, efectuada por los ciudadanos ORELLANA CARLOS YVAN y PALMIERI INGLESE RINAMAR, venezolanos, mayores de edad y titulares de las cédulas de identidad Nros. V-7.910.874 y V-10.853.057 respectivamente, debidamente asistidos del abogado MELENDEZ SALIH JARNY ZABDY, Inpreabogado Nº 168.923, en consecuencia, se DECRETA DISUELTO EL VÍNCULO MATRIMONIAL, que los unía y contraído entre ellos, en fecha 22 de agosto de 1997, ante el Despacho de la Prefectura Civil del Municipio Autónomo San Felipe hoy Registro Civil del Municipio San Felipe del Estado Yaracuy, según consta en Acta Nº 133, que anexa a la solicitud, y corre inserta al.....