En virtud de lo anterior, este Juzgado Primero de los Municipios San Felipe, Cocorote, Independencia y Veroes de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, DECLARA CONSUMADA LA PERENCIÓN y, en consecuencia, EXTINGUIDA LA INSTANCIA en la presente causa, de acuerdo a lo previsto en el encabezamiento del artículo 267.1° del Código de Procedimiento Civil en concordancia con el artículo 269 ejusdem.
Se acuerda notificar a la parte demandante, ciudadana Ines Ildegardis Serrano Méndez.
No se condena en costas, en virtud de la presente decisión