Por los razonamientos anteriormente explanados, este Juzgado Segundo de los Municipios San Felipe, Independencia, Cocorote y Veroes de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: CON LUGAR la demanda que por RESOLUCION DE CONTRATO DE ARRENDAMIENTO, ha incoado el ciudadano JOSE SALOMON TORRES TERAN, contra la ciudadana ERSI YOHANNA GALINDEZ, todos antes identificados.
SEGUNDO: QUEDA RESUELTO de pleno derecho el contrato de arrendamiento suscrito entre las partes en fecha catorce (14) de enero de 2007, y SE ORDENA a la ciudadana ERSI YOHANNA GALINDEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad número 14.443.081 y de este domicilio, hacerle entrega a la parte demandante ciudadano JOSE SALOMON TORRES TERAN, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad número 2.689.732, antes identificado, un inmueble ubicado en la Urbanización Luís H.....