DISPOSITIVO
Por las razones antes expuestas este Juzgado de Juicio N° 03 constituido en Tribunal Mixto, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley CONDENA al ciudadano ALEXANDER JOSE ALVARADO MUJICA, venezolano, mayor de edad, portador de la Cédula de Identidad No. 13.328.229, mayor de edad, soltero, natural de Guanare Estado Portuguesa, latonero y residenciado en la calle 8, callejón 1 Banco Obrero casa S/N Yaritagua Municipio Peña, por su participación directa en la comisión del Delito de Robo Agravado previsto y sancionado en el artículo 460 de la norma sustantiva penal en perjuicio de la victima y en consecuencia al cumplimiento de la pena de doce (12) años de presidio, delito este que tiene asignado una pena de presidio de 8 a 16 años, siendo su termino medio a tenor de lo dispuesto en el artículo 37 ejusdem de doce años, que es en definitiva la penal que debe cumplir el acusado en los términos y condiciones que establezca el Tribunal de Eje.....