en consecuencia SE AUTORIZA al ciudadano EDWARD JESUS JAMES FLORES, venezolano, mayor de edad, titular de la Cedula de Identidad Nº 16.592.830, en su carácter de padre del adolescente IDENTIDAD OMITIDA, nacido el día 09 de abril de 2009, de doce (12) años de edad, titular de la Cedula de Identidad Nº 33.330.329, para realizar todos los trámites necesarios a los fines de la obtención de la nacionalidad por residencia en España, previo cumplimiento de los extremos de Ley, en virtud de que en la presente causa no se presentaron terceros afectados.
Expídanse por secretaria dos (02) juegos de copia certificadas necesarias que soliciten las partes, y devuélvanse los documentos originales a la parte interesada.
Publíquese, regístrese y déjese copia certificada.
Dada, firmada y sellada en el Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación y Ejecución de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy; en San Felipe.....