En mérito de los razonamientos expuestos, este Juzgado Superior Civil Yaracuyano administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara: SIN LUGAR el recurso de interpuesto el 7 de abril de 2015 por el abogado Héctor León Escalona, en su carácter de apoderado judicial de la parte demandante, contra la decisión dictada el 30 de marzo de
2015, por el Juzgado Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los municipios San Felipe, Independencia y Cocorote de la Circunscripción Judicial del estado Yaracuy.
Se condena en costas a la parte recurrente por haber salido perdidosa en el ejercicio del presente recurso.