Decisión
Por las razones anteriormente expuestas, este Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil y Tránsito de la Circunscripción Judicial del estado Yaracuy, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara HOMOLOGADO EL DESISTIMIENTO del recurso de apelación interpuesto por el apoderado judicial de la parte demandante Abogado Balmore Rodríguez Noguera inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 34.902, contra la decisión dictada el día 03/02/2015 por el Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Tránsito de esta Circunscripción Judicial, así como del presente procedimiento.