...se declara INCOMPETENTE para conocer del recurso de apelación interpuesto en fecha 12 de diciembre de 2007 por el apoderado judicial de la parte demandante, contra la decisión dictada por el Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del estado Yaracuy, en fecha 31 de octubre de 2007..
En consecuencia:
1. Declara NULO el fallo dictado en primera instancia por el Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de esta jurisdicción.
2. Declina la competencia en el Juzgado Superior en lo Civil, Contencioso Administrativo y Tributario de la Región Centro Occidental para conocer de la presente acción que por cobro de bolívares intentó la asociación Cooperativa Mar Caribe 587 RL, contra el Instituto Autónomo para el desarrollo Social del Estado Yaracuy. Así se decide.