DECLARA:
PRIMERO: SE NIEGA LA SOLICITUD DE NOTIFICACIÓN POR CARTEL, solicitada por el ciudadano JOSÉ ANTONIO RIVAS, titular de la cédula de identidad N° 4.124.097, asistido por la Abogada JUDITH FUENMAYOR, Inpreabogado N° 33.298, en su diligencia del 01 de Junio de 2.017.
SEGUNDO: SE CONSIDERA SUFICIENTE, las notificaciones practicadas de los ciudadanos JUAN CRIOLLO, JOSÉ ARIAS, FARIDY FREITES y LEONOR MEJÍAS, practicadas el 24 de mayo de 2017 (folios 28 al 35); y del ciudadano JOSÉ SALAME, practicada el 26 de mayo de 2017 (folio 36 y 37), en virtud del Principio de Representación Reciproca .
TERCERO: Vencido del término de CUARENTA Y OCHO (48) HORAS para que presente informe sobre la pretendida violación o amenaza que hubiere motivado la solicitud de amparo, contados a partir del día siguiente al de hoy, establecido en el artículo 24 de la Ley Orgánica Sobre Amparo y Garantías Constitucionales, SE FIJA para el día MARTES, TRECE (13) DE JUNIO DE 2017, A LAS DOS DE LA TARDE (02.....